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REQUISITOS DE SOLICITUD PARA CONTRATOS

 

 

Todo cliente que desee suscribir o renovar contrato con RECOPE debe llenar el siguiente formulario:

 

·         Formulario Persona Física

·         Formulario Persona Jurídica

Este Formulario requiere el Acrobat Reader, si no lo tiene descárguelo AQUÍ

 

Si tiene algún problema para descargar este formulario, favor comunicarse con la Plataforma de Información y Atención al Cliente.  2550-3737

 

 

Importante:

 

-Puede remitir en forma digital (archivos en  pdf o jpg) respectivos para la formalización de contratos a los correos electrónicos: mario.hernandez@recope.go.cr o Leslie.barboza@recope.go.cr; los cuales serán revisados y remitidos a nuestra Dirección Jurídica por este mismo medio.

 

-Si hubiera necesidad de efectuar alguna consulta adicional, se realizará al correo electrónico que ustedes nos indiquen en el formulario de “Solicitud de Contrato”.

 

-Una vez elaborado el contrato por nuestro abogado, se procederá con la firma entre las partes, pero antes de éste acto, será necesario que el cliente aporte los documentos originales enviados electrónicamente para su validación respectiva (Ejemplo: certificaciones, permisos del MINAET, Aviación Civil y otros), la cual se hará unos minutos antes de la firma.

 

Todo trámite será procesado en tanto cumpla con los requisitos establecidos.

 

 

Requisitos generales para establecer un contrato con RECOPE

A continuación se detallan los requisitos para establecer un contrato con RECOPE tanto en personas físicas como jurídicas:

Personas Físicas

Personas Jurídicas

 

Requisitos específicos para contrato con RECOPE, por tipo de cliente:

 

A continuación se detallan los requisitos para establecer un contrato con RECOPE según tipo de cliente:

 

·         ESTACIONES DE SERVICIO

·         CLIENTES DIRECTOS (INDUSTRIAS, CONSTRUCTORAS, COMPAÑÍAS DE TRANSPORTE Y OTRAS)

·         DISTRIBUIDORES SIN PUNTO FIJO DE VENTA (PEDDLERS)

·         CLIENTES DE AVIACIÓN

·         CLIENTES DIRECTOS MARÍTIMOS

·         INTERMEDIARIOS FINANCIEROS DE EXPORTACIÓN (AÉREA Y MARÍTIMA)

·         SECTOR GOBIERNO (MUNICIPALIDADES, HOSPITALES, MINISTERIOS, INSTITUCIONES AUTÓNOMAS, SEMIAUTÓNOMAS, GOBIERNO CENTRAL, EMPRESAS PÚBLICAS)

·         TRANSPORTE PÚBLICO MARÍTIMO (FERRY Y EMBARCACIONES TURÍSTICAS)

·         PESCADORES

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ESTACIONES DE SERVICIO arrow_UP
(Jurídicas - Físicas)

 

·         Resolución original o copia certificada por notario público de la AUTORIZACIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO extendida por el MINAET. Es muy importante que la misma sea otorgada a la persona física o jurídica que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga los productos autorizados y la firma del señor Ministro o de quien ocupe su cargo en forma interina.

 

·         Se debe presentar una carta indicando si es parte de alguna Asociación o Cámara, y con ello su anuencia a la aplicación de la respectiva retención.

 

 

 

CLIENTES DIRECTOS (INDUSTRIAS, CONSTRUCTORAS Y COMPAÑÍAS DE TRANSPORTE PÚBLICO Y OTRAS)
(Jurídicas - Físicas) arrow_UP

 

·         Resolución original o copia certificada por notario público de la AUTORIZACIÓN DE  ALMACENAMIENTO extendida por el MINAET. Es muy importante que la misma sea otorgada a la persona física o jurídica que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga e nombre de los productos y la firma del señor Director General de Transporte y Comercialización de Combustible, o del  Ministro del ramo (o de quien ocupe su cargo en forma interina).

·         Para los casos en los que el producto solicitado sea Asfalto AC-30 y/o Emulsión Asfáltica y los mismos no requieran ser almacenados por ser destinados directamente a los proyectos, se deberá indicar mediante nota firmada por el representante legal.

 

DISTRIBUIDORES SIN PUNTO FIJO DE VENTA PEDDLERS

(Jurídicas - Físicas) arrow_UP

 

·         Resolución original o copia certificada por notario público de la AUTORIZACIÓN DE PRESTACIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE DISTRIBUCIÓN DE COMBUSTIBLES extendida por el MINAET. Es muy importante que la misma sea otorgada a la persona física o jurídica que va a firmar el contrato con RECOPE, además que la misma contenga la firma del señor Ministro o de quien ocupe su cargo en forma interina.

 

·         Copia certificada notarialmente de la resolución del Consejo Técnico de Aviación Civil con que se le otorgó el CERTIFICADO DE EXPLOTACIÓN, si operara como distribuidor sin punto fijo de venta para combustibles de aviación.

 

CLIENTES DIRECTOS DE AVIACIÓN

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Compañías Nacionales

 

·         Copia de  la RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL con que se otorgó el certificado de explotación, el cual debe estar publicada en el Diario Oficial La Gaceta. (Indicar el número de Gaceta y fecha de su publicación)

 

Compañías ubicadas en el exterior

·         Presentar documento que acredite la constitución de la compañía en su país de origen, así como los datos de su representante legal. Esto en lugar de los puntos 3, 4 y 5 de los requisitos generales de personas jurídicas.

 

·         Aportar los documentos de solicitud de contrato consularizados. (En español).

 

·         Copia de  la RESOLUCIÓN DEL CONSEJO TÉCNICO DE AVIACIÓN CIVIL con que se otorgó el certificado de explotación, el cual debe estar publicada en el Diario Oficial La Gaceta. (Indicar el número de Gaceta y fecha de su publicación)

 

CLIENTES DIRECTOS MARÍTIMOS

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Compañías Nacionales

 

 

·         Certificación original o copia certificada por notario público del Certificado de Navegabilidad de la Dirección del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para cada una de las embarcaciones que son propiedad de su representada o aportar contrato de arrendamiento vigente.

 

Presentar una nota firmada por el representante legal en donde se compromete hacer llegar los zarpes internacionales a la oficina de facturación del plantel donde fue atendido el barco, cuando corresponda.

 

Compañías ubicadas en el exterior

 

·         Presentar documento que acredite la constitución de la compañía en su país, así como los datos de su representante legal. Esto en lugar de los puntos 3, 4 y 5 de los requisitos generales de personas jurídicas.

 

·         Presentar una nota indicando los nombres de los barcos de bandera internacional que requerirán el producto que deben ser propiedad de su representada o aportar contrato de arrendamiento vigente, éste debe estar consularizado y en idioma español.

 

·         Presentar una nota firmada por el representante legal en donde se compromete hacer llegar los zarpes internacionales a la oficina de facturación del plantel donde fue atendido el barco.

 

·         Aportar los documentos de solicitud de contrato consularizados en idioma español

 

INTERMEDIARIOS FINANCIEROS DE EXPORTACIÓN ÁEREA Y MARÍTIMA

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Nacionales

 

 

·         Aportar nota con el detalle de los principales clientes a los que les brindará el servicio de intermediación financiera. En caso de ser buques, estos deben ser de bandera internacional y así deben de indicarlo en la nota. (El cliente directo debe aportar autorización por escrito correspondiente).

 

·         Indicar los puertos y/o aeropuertos de la nación donde realizará las compras correspondientes.

 

En el exterior

 

·         Aportar nota con el detalle de los principales clientes a los que les brindará el servicio de intermediación financiera. Especificando cuáles son nacionales o de bandera internacional y así deben de indicarlo en la nota. (El cliente directo debe aportar autorización por escrito correspondiente).

 

·         Indicar para cuales puertos y/o aeropuertos de la nación donde atenderán a sus clientes.

 

·         Todos los documentos deben ser consularizados en idioma español.

 

 

SECTOR GOBIERNO
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MUNICIPALIDADES- HOSPITALES- MINISTERIOS-INSTITUCIONES AUTÓNOMAS Y SEMI AUTÓNOMAS- GOBIERNO CENTRAL- EMPRESAS PUBLICAS

 

Municipalidades

 

 

·         Omite los puntos 3, 4 y 5 de los requisitos generales y en su lugar debe presentar: Original de la certificación notarial o registral del nombramiento del señor Alcalde, indicando las respectivas citas de constitución. (Debe contener los timbres de Ley, no tener más de seis meses de emitida y si se aporta certificación notarial, debe constar en papel de seguridad).

 

·         Original de certificación notarial o registral de la personería jurídica de la municipalidad, indicando las respectivas citas de inscripción (Debe contener los timbres de Ley, no tener más de seis meses de emitida y si se aporta certificación notarial, debe constar en papel de seguridad).

 

·         Para efectos de medio de pago,  deberá presentar CERTIFICACIÓN DE CONTENIDO PRESUPUESTARIO para el periodo correspondiente.

 

·         Solo si el producto requiere almacenamiento deberá aportar resolución original o copia certificada por notario público de la AUTORIZACIÓN DE  ALMACENAMIENTO extendida por el MINAET. Es muy importante que la misma sea otorgada a favor del Gobierno Local  que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga la firma del señor Director o del  Ministro (o de quien ocupe su cargo en forma interina).

 

 

Hospitales- Ministerios- Instituciones Autónomas y Semi Autónomas- Gobierno Central - Empresas Públicas

 

·         Aportar nota indicando  la Ley de Constitución del Ente Público respectivo.

 

·         Para efectos de medio de pago,  deberá presentar CERTIFICACIÓN DE CONTENIDO PRESUPUESTARIO para el periodo correspondiente.

 

 

TRANSPORTE PÚBLICO MARÍTIMO  (FERRY-EMBARCACIONES DE TURISMO)

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·         Certificación original o copia certificada por notario público del Certificado de Navegabilidad de la Dirección del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para cada de las embarcaciones que son propiedad de su representada o aportar contrato de arrendamiento vigente.

 

·         Si el producto no es almacenable, deberá aportarse declaración jurada indicando que el combustible será depositado directamente en los tanques de la embarcación e indicar la capacidad de los tanques del mismo.

 

 

CLIENTES DIRECTOS BAJO LA CATEGORIA DE PESCADORES

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Cámaras o Asociaciones

 

·         Aportar original o copia certificada notarialmente del Convenio con INCOPESCA.

 

·         Si se cuenta con tanque propio, debe presentar el PERMISO DE ALMACENAMIENTO de combustibles extendido por el MINAET. Es muy importante que el mismo sea otorgado a la misma razón social que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga la firma del señor Director de la Dirección de Transporte y Comercialización de Combustibles del MINAET o del  señor Ministro de este ramo (o de quien ocupe su cargo en forma interina).

 

 

·         Si no se cuenta con tanque propio,  deberá presentar una declaración jurada  debidamente protocolizada indicando que el combustible será depositado directamente en los tanques de la embarcación, y se debe certificar la capacidad de los mismos.

 

 

·         Si el solicitante cuenta con un contrato de arrendamiento o de usufructo de los tanques con una estación de servicio u otro tercero, debe aportar el permiso correspondiente extendido por el MINAET, indicando claramente la autorización para que el solicitante (Cámara o Asociación) almacene su combustible en dicha estación de servicio, todo esto certificado y con la firma respectiva.

 

Pescador Exonerado

 

·         Aportar original o copia certificada notarialmente del Convenio con INCOPESCA.

 

·         Si se cuenta con tanque propio,  debe presentarse el PERMISO DE ALMACENAMIENTO de combustibles extendido por el MINAET. Es muy importante que el mismo sea otorgado al Pescador que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga la firma del señor Director o del  Ministro (o de quien ocupe su cargo en forma interina).

 

·         Si no se cuenta con tanque propio, se deberá presentar una declaración jurada debidamente protocolizada indicando que el combustible será depositado directamente en los tanques de la embarcación, y se debe certificar la capacidad de los mismos.

 

·         Si el solicitante cuenta con un contrato de arrendamiento o de usufructo de los tanques con una estación de servicio u otro tercero, debe aportar el permiso correspondiente extendido por el MINAET, indicando claramente la autorización para que el solicitante (Pescador Exonerado) almacene su combustible en dicha estación de servicio, todo esto certificado y con la firma respectiva.

 

 

Pescador  NO Exonerado

 

·         Si se cuenta con tanque propio, debe presentarse el PERMISO DE ALMACENAMIENTO de combustibles extendido por el MINAET. Es muy importante que el mismo sea otorgado al Pescador que va a firmar el contrato con RECOPE, así como que la misma contenga la firma del señor Director o del  Ministro (o de quien ocupe su cargo en forma interina).

 

·         Si no se cuenta con tanque propio, deberá presentarse una declaración jurada debidamente protocolizada indicando que el combustible será depositado directamente en los tanques de la embarcación, y se debe indicar la capacidad de los mismos, así como el nombre del barco y certificación notarial de la propiedad de la misma embarcación.

 

·         Si el solicitante cuenta con un contrato de arrendamiento o de usufructo de los tanques con una estación de servicio u otro tercero, debe aportar el permiso correspondiente extendido por el MINAET, indicando claramente la autorización para que el solicitante (Pescador NO Exonerado) almacene su combustible en dicha estación de servicio, todo esto certificado y con la firma respectiva.

Permiso de operación otorgado por el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través de su Sección de Transporte Marítimo.

 

 

 

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