- RECOPE rechaza afirmaciones de la Cámara de Industria, y demuestra que las disminuciones para ese producto han sido superiores a las aplicadas en la nación chapina.
En un boletín titulado la “Cámara de Industrias cuestiona solicitud de aumento de RECOPE”, se hace la comparación de las tasas de variación del precio de venta del búnker en Guatemala y Costa Rica; sin establecer la fuente de información utilizada.
En un comparativo, a partir de la información disponible en el sitio de Internet del Ministerio de Energía y Minas (MEM) de Guatemala, se puede constatar que el precio del búnker disminuyó entre diciembre 2013 y diciembre 2014 en 14,4% y no en 23,82% como se indica en el comunicado de la CICR; mientras que en Costa Rica, para ese mismo periodo, el precio de venta del búnker se redujo en 17,9% y no en 9,77% como lo señala la Cámara.
Adicionalmente, al comparar el precio del búnker, Costa Rica está hasta un 23% por debajo de lo que se paga en Guatemala. Para estos efectos se tomó el precio reportado en Guatemala convertido a dólares, utilizando el promedio de los valores diarios que aparecen en el sitio de Internet del Banco de Guatemala para los meses de diciembre de 2013 y 2014 y el máximo y mínimo del tipo de cambio registrado, mientras para Costa Rica se tomó el de venta, aprobado por ARESEP en dólares, utilizando el tipo de cambio incluido en el estudio técnico de la Autoridad Reguladora.
De esta forma, en diciembre de 2013 el precio del búnker en Guatemala era de US$0,75 por litro, mientras que en Costa Rica era de US$0,71 litro y en diciembre 2014 la diferencia aumenta, ya que en Guatemala el precio US$0,66 por litro y en Costa Rica US$0,55 por litro.
Precio de venta del búnker en Guatemala y Costa Rica en la moneda de cada país y en dólares, para los meses de diciembre 2013 y 2014
Mes |
Guatemala (1) (2) |
Costa Rica |
||||
Quetzales por galón |
TC (Q/US$)(5) |
US$ por litro |
Colones por litro |
TC (₡/US$ |
US$ por litro |
|
Diciembre 2013 (1) |
21,26 |
7,87 |
0,75 |
357,48(3) |
502,87(3) |
0,71 |
Diciembre 2014 (2) |
18,19 |
7,62 |
0,66 |
293,58(4) |
537,67(4) |
0,55 |
Porcentaje de variación |
-14,4% |
-11,7% |
-17,9% |
-23,2% |
(1) Información disponible en el sitio de Internet del Ministerio de Energía y Minas de Guatemala.
Disponible en: http://www.mem.gob.gt/wp-content/uploads/2012/05/ESTADISTICAS-PM-OTROS-COMBUSTIBLES.pdf
(2) Corresponde con el precio promedio del búnker al consumidor final en ciudad capital. Precio exrack.
(3) Precio de venta plantel aprobado y tipo de cambio utilizado en la resolución RIE-097-2013, publicada en La Gaceta Nº 231 del 29 de noviembre de 2013
(4) Precio de venta plantel aprobado y tipo de cambio utilizado en la resolución RIE-094-2014, publicada en La Gaceta Nº 234 del 4 de diciembre de 2014.
Se calcula como el valor promedio de los valores diarios reportados en los meses de diciembre de 2013 y 2014. Información disponible en http://www.banguat.gob.gt/cambio/default.asp
La Cámara también cuestiona varios aspectos relacionados con la metodología de precios, a lo cual RECOPE responde con las siguientes observaciones y precisiones:
1. Metodología de precios. El precio de venta interno de los combustibles se determina a partir de la metodología aprobada por ARESEP en la resolución RRG-9233-2008, publicada en La Gaceta Nº227 del 24 de noviembre de 2008 (documento adjunto).
De acuerdo con la metodología, el precio de venta interno del búnker se fija con base en el precio de referencia internacional (PRi) de ese producto. RECOPE, como empresa regulada que es, presenta los estudios de precios utilizando las disposiciones de la metodología definida en la RRG-9233-2008.
La posibilidad de utilizar otro parámetro para la determinación del precio de venta interno, no es una potestad de RECOPE, sino del Ente Regulador, para lo cual resulta necesaria la aprobación de una nueva metodología por parte de ARESEP.
Una posibilidad es utilizar el costo del inventario, tal como lo señala la Cámara en el artículo de referencia; no obstante, debe ser claro que, en algunos momentos ese procedimiento podrá conllevar a una disminución en el precio de venta, pero en otras significará un aumento. Ello, en definitiva, va a depender del comportamiento del precio internacional y del costo de reposición del inventario.
2. Solicitud de precios de febrero 2015. Desde julio 2014 a enero 2015 se ha producido una reducción en el precio internacional de los combustibles, la cual se aceleró en los meses de diciembre y enero. Esto permitió solicitar ocho reducciones consecutivas en el precio de los combustibles.
No obstante, esa situación se revirtió en el mes de febrero, debido a que el precio de los combustibles está aumentando en el mercado internacional. Debido a esta razón, en el estudio extraordinario de febrero se solicitó un aumento en el precio del búnker.
Según se muestra en el cuadro , en el mes de enero de 2015, el precio de referencia internacional del búnker (PRi) fue de US$40,87 por barril y en febrero de 2015 de US$46,042; es decir el incremento fue de 12,6%. Por su parte, el precio de venta interno del búnker, correspondiente al estudio de enero fue ₡207 por litro y el solicitado en el estudio de febrero fue ₡224 por litro, lo que da un incremento de 8,3%, que es menor al que se presentó en el mercado internacional.
Precio de referencia internacional y precio de venta plantel del búnker
en los meses de enero y febrero de 2015
Estudio extraordinario de precios |
Precio de referencia internacional del búnker (PRi) (3) |
Precio de venta en plantel de distribución |
US$ por barril |
₡ por litro |
|
Enero 2015 (1) |
40,876 |
206,512 |
Febrero 2015 (2) |
46,042 |
223,698 |
Porcentaje de variación |
12,6% |
8,3% |
(1) Aprobado en la resolución RIE-009-2015, publicada en La Gaceta Nº18 del 27 de enero 2015..
(2) En proceso de aprobación de ARESEP.
(3) De acuerdo con la metodología de precios (RRG-9233-2008), se calcula como el promedio simple de las observaciones de precios de los quince días naturales a la fecha de corte del estudio. La fecha de corte del estudio es el segundo viernes de cada mes.
3. Fechas de solicitud de modificación de precios. De acuerdo con la metodología de precios (RRG-9233-2008), las solicitudes de ajuste del precio de venta de los combustibles se realizan el segundo viernes de cada mes. Por tal razón, no es correcto señalar, como lo hace la Cámara, que RECOPE realice las solicitudes de aumento más rápido que las solicitudes de disminución.