El diésel que distribuye RECOPE no daña los motores como erróneamente se ha divulgado. Las fallas detectadas únicamente se dan en los sellos o empaques de algunas bombas de inyección de tipo rotatorio, especialmente cuando los empaques son de un material llamado nitrilo.
De acuerdo con la investigación realizada por un equipo técnico de la Empresa, la falla en los empaques de las bombas, se debe principalmente al uso y longevidad de los mismos, que al entrar en contacto con el diésel actual, de bajo contenido de aromáticos, no logran ajustarse a las nuevas condiciones, ya que con el paso del tiempo han perdido la elasticidad y llegan a romperse causando las fugas observadas. Este efecto se corrige sustituyendo los empaques.
Los compuestos aromáticos son sustancias dañinas para la salud, razón por la cual la tendencia mundial es disminuir la concentración de estos componentes en los combustibles.
Como parte de las políticas nacionales para la protección del ambiente y la salud pública, el MINAE impulsó la definición de una nueva norma para diésel, en la cual se modificaron ciertas especificaciones del producto, para mejorar la eficiencia en el funcionamiento de los motores de los vehículos e incrementar la vida útil de los sistemas de control de emisiones.
Se aclara que la lubricidad y todas las demás características del diésel, incluyendo el contenido de compuestos aromáticos, están de acuerdo con la norma, y no se recomienda el uso de aditivos.
Finalmente, se informa que la mejora en la calidad de los combustibles es el resultado de un trabajo del Comité Técnico Nacional de Combustibles del Instituto Nacional de Normas Técnicas de Costa Rica (INTECO), convocado por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE).
El comité técnico lo integran MINAE, Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), Ministerio de Salud, , RECOPE, Cámara de Empresarios del Combustibles, Automóvil Club, Centro de Gestión Tecnológica e Informática Industrial (CEGESTI), CELEQ, ICE, Consumidores de Costa Rica, Energías Biodegradables de Costa Rica, Defensoría de los Habitantes, Cámara de Comercio. También como parte del proceso de definición de la normativa se consultó a representantes de las casas importadoras de vehículos y en consulta pública.
Como lo establece el artículo 27 de la Ley 7593, sería la ARESEP el encargado de investigar y resolver las inquietudes de los usuarios.