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Ética versus corrupción

Publicado el día 03/07/2015

Atestados Ricardo RodríguezRECOPE cuenta con un Código de Ética y un programa de gestión de la Ética que involucra a las áreas de Recursos Humanos, Comunicación, Suministros, Control Interno, Contraloría de Servicios y Planificación,  bajo la coordinación de la Gerencia General.  El siguiente artículo, cuyo contenido se enfoca en establecer el antagonismo entre ética y corrupción, ayuda a reflexionar  sobre cuál es la fundamentación de incorporar esta temática a la gestión pública.

El tema de la ética no se puede analizar desde la óptica filosófica, abstracta o etérea por cuanto se trata del eje transversal de toda actividad humana, de ahí que resulte necesario entenderlo como un estilo de vida, que no puede enseñarse académica o técnicamente. Por ello es imperativo saber que significa la ética y los eruditos en la materia la han definido como el conjunto de normas y reglas morales que rigen las conductas humanas, y para entender mejor la temática conviene referirnos a principios rectores y valores éticos universales, creados desde los orígenes de la humanidad y que están fuera del comercio de las personas, o sea, no se compran ni se venden.

Los principios son preceptos que se encuentran escritos en diferentes libros jurídicos, económicos, sociales, espirituales que para ponerlos en práctica se debe acudir a los valores éticos que son conductas, actitudes, comportamientos; por ejemplo: si existe un principio que establece que los intereses públicos prevalecen sobre los intereses particulares, para hacer realidad ese principio, debemos acudir a valores como la integridad, honestidad, responsabilidad, respeto; esa combinación de principios y valores es lo que nos permite el buen vivir o vivir bien.

Existimos alrededor de siete mil millones de habitantes en el planeta Tierra, y no encontramos un ser irrepetible, todos somos diferentes, hasta los siameses tienen huellas dactilares diferentes, por eso debemos entender que somos únicos en este mundo y conocer que tenemos cuerpo, alma y espíritu; de ahí que la aceptación del otro como legítimo otro, con virtudes y defectos viene a evitar una gran cantidad de conflictos entre las personas, comprender que no podemos cambiar a nadie ni nadie nos puede cambiar a nosotros. En la mayoría de ocasiones olvidamos que los seres humanos valemos por lo que somos y no por lo que tengamos, hagamos o sepamos; además que somos lo que pensamos o que lo que pensamos determina lo que hacemos, por ello es de vital importancia entrenar el carácter que está compuesto por los pensamientos, sentimientos, emociones y la capacidad volitiva o capacidad para adoptar decisiones. Los valores no llegan solos es preciso cultivarlos y transmitirlos. Los valores no se han perdido sino que se han dejado de aplicar o modelar. Los seres humanos necesitamos discernir (descubrir), experimentar (vivir), poner en práctica (modelar) determinados valores, actitudes o maneras de comportarnos ante diferentes situaciones de la vida para cambiar nuestra manera de vivir; dice un adagio: cambia tu manera de pensar y cambiará tu manera de vivir.

Los seres humanos más que los discursos, sermones o regaños somos proclives a copiar las conductas de las figuras de autoridad, nos inclinamos por la pedagogía del buen ejemplo, por esa razón, se necesita conocer y poner en práctica principios tan importantes como la objetividad, imparcialidad, transparencia, probidad, razonabilidad, proporcionalidad, buena fe,  en combinación con valores como la responsabilidad, honestidad, integridad, justicia, rectitud, respeto, solidaridad, compromiso, lealtad, humildad, sinceridad, laboriosidad, etc.

En el ejercicio de la abogacía con frecuencia se olvida la interpretación, integración y delimitación del ordenamiento jurídico con sus normas escritas y no escritas (dentro de estas están la jurisprudencia, la costumbre, en alguna medida la doctrina y los principios generales del derecho o conceptos jurídicos indeterminados). Esa práctica nos hace mejorar la calidad de la prestación de servicios jurídicos a la sociedad.

Si tomamos la decisión de adoptar un estilo de vida basado en la ética práctica, desarrollaremos sabiduría, inteligencia, ciencia, entendimiento, consejo y poder para no incurrir en conductas antiéticas que generalmente nos conducen a la corrupción, tema este que constituye un cáncer maligno que se expande rápidamente por todas las esferas políticas, económicas y sociales, causando destrucción. Cuando la ética está ausente en las actividades humanas, la corrupción aparece de inmediato, por cuanto en estos ámbitos no hay zonas grises, somos o no somos, por eso conviene adoptar una decisión personal en el sentido de esforzarse por no desplegar conductas antiéticas producto del desconocimiento de la ética.

Corrupción es un término muy fuerte y la mayoría de personas que investigan el ser coinciden en que se trata de un estado mental, es la predisposición de hacer las cosas de una manera contraria al orden establecido; o sea, las personas mentirosas, que no cumplen sus deberes, que no pagan deudas, que no juegan limpio, hacen trampas ni cumplen los mandatos constitucionales, legales ni los acuerdos definidos entran dentro de esta gama de la corrupción. Estamos viviendo el relativismo ético que es llamar a la bueno malo y a la malo bueno, lo que provoca un conformismo peligroso en el sentido de que se ha perdido la capacidad de discernir entre el bien y el mal todo producto de que pareciera la balanza se inclina más hacia el poder, el placer y el dinero, por causa de los miedos y culpabilidades que genera salir de la zona de confort para desarrollarnos como personas de excelencia en medio de tanta mediocridad.

Vemos como en los tiempos actuales las malas prácticas pululan por todas partes producto de que no hemos sido educados en principios y valores éticos universales.

En materia de lucha contra la corrupción, los esfuerzos se han enfocado más en el sector público por las cantidades de dinero que se maneja en múltiples contrataciones públicas que, sin lugar a dudas, en algunas áreas es caldo de cultivo para actos de corrupción. La Constitución Política, que cobija a todos los habitantes de la República, en el artículo 50 dispone “el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado”, entendido este como ambientes libres de contaminación o corrupción.

Mediante Ley N° 7670 del 17 de abril de 1997, el Gobierno de la República aprobó la Convención Interamerica contra la Corrupción, que tiene como propósitos: 1. Promover y fortalecer el desarrollo, por cada uno de los Estados Partes, de los mecanismos necesarios para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción; y 2. Promover, facilitar y regular la cooperación entre los Estados Parte a fin de asegurar la eficacia de las medidades y acciones para prevenir, detectar, sancionar y erradicar los actos de corrupción en el ejercicio de las funciones públicas y los actos de corrupción específicamente vinculados con tal ejercicio. Dicha Convención impulsó la Ley N° 8422 (contra la corrupción y el enriquecimiento ilícito en la función pública), publicada en La Gaceta N° 212 del 29 de octubre del 2004, la cual introduce el deber de probidad, así: “El funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del interés público.

Este deber se manifestará, fundamentalmente, al identificar y atender las necesidades colectivas prioritarias, de manera planificada, regular, eficiente, continua y en condiciones de igualdad para los habitantes de la República; asimismo, al demostrar rectitud y buena fe en el ejercicio de las potestades que le confiere la ley; asegurarse de que las decisiones que adopte en cumplimiento de sus atribuciones se ajustan a la imparcialidad y a los objetivos propios de la institución en la que se desempeña y, finalmente, al administrar los recursos públicos con apego a los principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, rindiendo cuentas satisfactoriamente.”

Por su parte, la Ley N° 8292 del 31 de julio del 2002 (Ley general de control interno) establece en el artículo 13.a) que es deber de los funcionarios públicos, principalmente de alto nivel, “Mantener y demostrar integridad y valores éticos en el ejercicio de sus deberes y obligaciones, así como contribuir con su liderazgo y sus acciones a promoverlos en el resto de la organización, para el cumplimiento efectivo por parte de los demás funcionarios.”

A su vez, la Contraloría General de la República, definió, con fundamento en el instrumento internacional citado que aplica, en todos sus capítulos, a todos los órganos del Gobierno de la República y, por tanto, a cada servidor público (también dentro del derecho internacional público que exige la Convención de Naciones Unidas de Lucha contra la Corrupción, suscrita el 9 de diciembre del 2003), las Directrices generales sobre principios y enunciados éticos a observar por parte de los jerarcas, titulares subordinados, funcionarios de la Contraloría General de la República, auditoría internas y servidores públicos en general (N° D-2-2004-CO).

Nótese que se han hecho algunos esfuerzos para contrarrestar la corrupción con instrumentos normativos que no se han aplicado con la rigurosidad que demandan algunos actos de corrupción hechos públicos. El peor acto de corrupción es no administrar adecuadamente los fondos y recursos públicos. Lo cual ha generado un ambiente nocivo de impunidad en los ciudadanos, que hemos quedado estupefactos al ver la inacción de las autoridades administrativas, políticas y judiciales ante hechos graves, de conocimiento de la ciudadanía a través de los medios de comunicación, donde se han lesionado groseramente los intereses públicos.

Lo más importante y efectivo en la lucha contra la corrupción es la prevención, a tal extremo que se dice en círculos de activistas anticorrupción que la corrupción se combate con prevención.

Esa prevención se refiere a la imperiosa necesidad de educar a los ciudadanos en principios rectores y valores éticos universales, sin lugar a dudas la corrupción se combate con prevención a través de iniciativas que pretendan educar, informar y formar en el correcto estilo de vida. Programas de esas naturaleza constituyen un mecanismo eficaz y eficiente para luchar contra esa pandemia que tanto daño causa a las sociedades y economías.

Se requieren agentes de cambio para contar con una nación alineada con los postulados de la excelencia en todos sus órdenes.

Hay tres tipos de personas: las que hacen que las cosas sucedan, las que observan cómo suceden las cosas, y las que preguntan: ¿qué pasó?

Esta prevención se basa en las siguientes premisas:

» Los seres humanos necesitamos explorar y explotar las habilidades, talentos, dones y potencialidades que llevamos dentro (semilla de la grandeza) para ser felices.

» Los Estados y sus componentes requieren de ciudadanos entrenados en la excelencia.

» Los valores (conductas y actitudes) no se han perdido sino que se han dejado de practicar, y están siendo sustituidos por lo que se denomina el relativismo ético el cual se basa en antivalores o pseudovalores.

» Asumir activamente el liderazgo de una coalición-alianza-acuerdo entre gobierno, sociedad civil y empresa privada entorno de los valores.

» Realizar jornadas para el rescate de valores en las comunidades.

» Diseñar y desarrollar proyectos y programas con fines pedagógicos, preventivos e informativos, de apoyo, capacitación y formación en valores (seminarios, conferencias, talleres, cursos, campañas, etc.)

» Sentar las bases para iniciar una revolución de valores.

» Uso de redes sociales y medios de comunicación para divulgación, sensibilización, motivación y reflexión sobre la temática.

Los valores no llegan solos, es preciso cultivarlos y transmitirlos.

RECOPE

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