El pago de las dietas a los miembros de la Junta Directiva de RECOPE se fundamenta en lo siguiente:
- Artículo #9 de la Ley #6588 (Ley Reguladora de RECOPE), Publicada en La Gaceta No. 154, del 13 de agosto de 1981, que textualmente indica lo siguiente:
«ARTICULO 9: El pago de dietas a los miembros de la Junta Directiva de RECOPE, estará sujeto a lo dispuesto para las instituciones autónomas del Estado.»
- Ley #7089, del 4 de diciembre de 1987, publicada en el Alcance #41 a La Gaceta #247, del 28 de diciembre de 1987, y se reforma según Ley #7138, del 24 de noviembre de 1989.
Monto de la dieta
El monto bruto actual por sesión que devengan los miembros de nuestra Junta Directiva por concepto de dietas es de ₡57 737,05 (cincuenta y siete mil setecientos treinta y siete con 05/100), al cual se le deduce el 15% del Impuesto de Renta, actualizado en enero 2022.