Con relación a los resuelto por la Sala Constitucional en la sentencia 26313-23 nos permitimos aclarar que Recope no es parte en ese proceso.
La controversia es entre la Junta Administrativa del Fondo de Ahorro contra el artículo 125 del Reglamento Interior de Trabajo de dicho Fondo.
Adicionalmente, nos permitimos aclarar que Recope no hace aportes económicos de ningún tipo al Fondo de Ahorro desde el 5 de mayo del 2022.
En Recope todos los trabajadores tienen un tope de cesantía de 8 años, en cumplimiento con la ley de fortalecimiento de las finanzas públicas.