El artículo titulado “Recope incumple decreto ejecutivo: En reestructuración”, publicado el pasado sábado 4 de julio, en Diario Extra; presenta una versión parcializada que solo toma en cuenta la opinión sindical, por eso RECOPE considera importante aclarar la situación para que los lectores del periódico y el personal de RECOPE tengan una visión equilibrada de la reorganización administrativa que se está implementando, con el afán de lograr mayor eficiencia en la gestión empresarial y mejorar el servicio al cliente.
El proceso de reorganización administrativa que se lleva a cabo en la Empresa cumple con todas las formalidades y requisitos legales establecidos en nuestro ordenamiento jurídico.
La Reorganización de RECOPE es un proceso que se ejecuta por etapas y de conformidad con las competencias que le han sido asignadas a las diferentes entidades públicas, en este caso al Ministerio de Planificación y la Autoridad Presupuestaria (Oficio MIDEPLAN-DM-OF-0237-2020 del 24 de febrero del 2020). De acuerdo con lo establecido, las etapas que se van cumpliendo son etapas preclusivas que llevan un orden de prelación en este tipo de procedimientos.
Los alegatos que consigna el artículo periodístico son una réplica de las observaciones o argumentos manifestados por SITRAPEQUIA ante diversas instancias administrativas y judiciales, los cuales han sido debidamente aclarados o refutados.
El Sindicato de Trabajadores Petroleros Químicos y Afines (SITRAPEQUIA), presentó una medida cautelar “ante causan» o anticipada, en el Tribunal Contencioso Administrativo, expediente número 20-002401-1027-CA, en contra de RECOPE y el Estado (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica).
Dentro del indicado proceso jurisdiccional, SITRAPEQUIA pidió una medida CAUTELAR PROVISIONALÍSIMA, previo a que se diera curso a la demanda de medida cautelar definitiva, la cual fue rechazada mediante resolución del referido Tribunal, del 12 de mayo del 2020.
En día 1 de julio del presente año, el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José – Anexo A – Goicoechea, mediante resolución N°337-2020-T declaró sin lugar la medida cautelar anticipada solicitada por el Sindicato de Trabajadores Petroleros Químicos y Afines (SITRAPEQUIA), en contra de Refinadora Costarricense de Petróleto (RECOPE) y el Estado (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica).
RECOPE reitera una vez más que sus acciones se ajustan a las normas que regulan este tipo de actos y que su único fin es avanzar en posicionar a la empresa como una entidad eficiente en el marco de transformación energética que vive la humanidad.