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Igualdad y No Discriminación

En Recope, el respeto es un valor fundamental que guía nuestro quehacer diario. A través del cumplimiento de la normativa interna, la legislación nacional y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, promovemos relaciones respetuosas en toda nuestra cadena de valor.

Este compromiso se refleja en nuestras prácticas laborales, decisiones empresariales y vínculos con clientes, proveedores y comunidades. Lo integramos en nuestras políticas internas, procesos de gestión, programas de formación y relaciones comerciales.

Contamos con mecanismos confidenciales para recibir denuncias, sugerencias o preocupaciones, y aseguramos una atención justa, oportuna y transparente.

¡Somos una empresa que actúa con base en el respeto hacia las personas!

  • Derechos Humanos

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    El respeto es uno de nuestros valores empresariales y un principio fundamental en el actuar de nuestro personal, el principal objetivo es promover un entorno laboral justo, seguro, inclusivo y libre de cualquier forma de discriminación, acoso o violencia a nivel interno y todos los servicios que brindamos.

    Para promover estos valores contamos con políticas internas, procesos de contratación, prácticas laborales, relaciones con proveedores y vínculos con las comunidades. Fomentamos una cultura de respeto y corresponsabilidad, donde todas las personas son valoradas por su dignidad, diversidad y aportes.

    Además, contamos con mecanismos transparentes para recibir denuncias, sugerencias o inquietudes, garantizando la confidencialidad y el seguimiento oportuno. Promovemos la formación continua en derechos humanos para nuestro personal, fortaleciendo una cultura organizacional basada en la ética, la equidad y la sostenibilidad.

    Creemos que respetar los derechos humanos no solo es una responsabilidad ética, sino también una condición esencial para el desarrollo sostenible y la construcción de relaciones sólidas.

    En junio de 2024 se aprueba por parte de la Junta Directiva la Política para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos en RECOPE, donde se fomenta el respeto y la promoción de los Derechos Humanos en todas las operaciones de la Empresa.

  • Accesibilidad y Discapacidad

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    Recope cuenta con una Comisión Institucional sobre Accesibilidad y Discapacidad, con el fin de promover procesos de planificación, inclusión y participación desde una perspectiva de equidad y respeto a los derechos de las personas con discapacidad.

    Esta comisión está conformada con personas de las siguientes dependencias:

    • Departamento de Desarrollo de Capital Humano, Dependencia Coordinadora
    • Departamento de Contaduría
    • Departamento de Reclutamiento y Compensación
    • Departamento de Planificación Empresarial
    • Contraloría de Servicios
    • Dirección de Salud, Ambiente y Seguridad

    Cualquier consulta se puede comunicar al correo electrónico:ciad@recope.go.cr

    Durante la Sesión Ordinaria #5299-271 del 27-04-2022 de la Junta Directiva se realiza la aprobación de la Política para la inclusión, protección laboral y servicios accesibles para las personas con discapacidad, la cual tiene por objetivo «establecer los lineamientos que debe atender la empresa para garantizar el cumplimiento de la normativa relacionada con la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en el entorno laboral».

    También se cuenta con un Protocolo para la atención de personas usuarias en condición de discapacidad, cuyo propósito es establecer los lineamientos que debe seguir el personal de la Empresa para garantizar el cumplimiento de la normativa relacionada con la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en los servicios brindados.

  • Género

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    Género y Energía

    El sector energético enfrenta una de sus principales desigualdades en la brecha de género, reflejada en la limitada participación de las mujeres en áreas técnicas, de innovación y en puestos de toma de decisión. Esta situación no solo restringe el desarrollo del talento disponible, sino que también impacta de manera directa la capacidad del sector para avanzar hacia una transición energética más inclusiva y sostenible.

    Conscientes de este desafío, se desarrolló un instrumento diagnóstico que permitió:

    • Identificar y visibilizar las brechas de género existentes en el sector energético.
    • Analizar los vínculos entre género y energía, considerando tanto los retos como las oportunidades de una participación más equitativa.
    • Generar información confiable para la toma de decisiones en políticas, programas y proyectos empresariales.

    Este diagnóstico nos permitió identificar cuatro brechas principales en las que las que estamos trabajando:

    1. Reclutamiento y selección de personas
    2. Formación y Capacitación
    3. Puestos de toma de decisión
    4. Elección de implementos de seguridad

    Este instrumento se plantea como una herramienta estratégica dentro de nuestro marco de sostenibilidad corporativa, orientada a garantizar que las acciones y proyectos no profundicen las desigualdades existentes. Para ello, se enfatiza la necesidad de considerar los impactos diferenciados en mujeres y hombres en todo el ciclo de las iniciativas energéticas: desde la planificación, la ejecución y el acceso a beneficios, hasta la gestión de riesgos y oportunidades.

    El objetivo es claro: reducir la brecha de género en lugar de incrementarla, asegurando que nuestras operaciones y proyectos contribuyan a un desarrollo socialmente equitativo.

    De esta manera, reafirmamos nuestro compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, en particular con la igualdad de género (ODS 5) y la energía asequible y no contaminante (ODS 7), integrando la equidad como un eje transversal en la gestión energética.

    Sello de Igualdad de Género

    El Sello de Igualdad de Género es un reconocimiento que se entrega a empresas públicas o privadas que implementan de manera transversal el enfoque de género mediante acciones afirmativas comprobables.

    Compromiso

    La alta administración manifiesta su compromiso para trabajar a favor de la igualdad entre mujeres y hombres, con el fin de generar condiciones hacia la autonomía económica de las mujeres y la ejecución de acciones orientadas a garantizar la igualdad de género en el ámbito laboral.

    Carta de compromiso

    Alcance

    La Norma INTE G38-2:2021 será de aplicación obligatoria para todo el personal que conforma la empresa, por ende, todos los centros de trabajo deberán de garantizar procesos que fomente la igualdad entre mujeres y hombres, disminuyendo de esta manera las brechas de género en RECOPE.

    Las personas o empresas que brinden servicios a RECOPE o visiten sus instalaciones, serán debidamente informadas acerca de la normativa interna que deben acatar en garantía de un lugar de trabajo en el que medie el respeto en la interacción de las personas.

    P-0521-2024. Alcance de implementación de la Norma INTE G38-2:2021

    Implementación

    Recope se incorpora en el 2023 al “Proyecto de pilotaje de aceleramiento para el proceso de certificación de Igualdad de Género en el ámbito laboral. Alianza INAMU – PNUD con instituciones públicas”, de esta manera recibe asesoría de alta calidad en materia de género, con miras a la obtención de dos Sellos de Igualdad de Género, uno otorgado por el INAMU y otro por PNUD.

    Proceso de certificación

    Recope en diciembre 2024 recibe el aval por parte de INTECO para certificarse con el Sello de Igualdad de Género que otorga el INAMU en cumplimiento con la Norma INTE G38-2:2021 y se encuentra en proceso de certificación con el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

    RECOPE tiene una Comisión de Igualdad de Género la cual tiene por objetivo coordinar el diseño, la implementación y el seguimiento a las políticas, procesos, prácticas, procedimientos, programas, acciones y actividades para la disminución y cierre de las brechas entre mujeres y hombres en la organización, la puesta en práctica de acciones afirmativas y la transversalización del enfoque de género.
    Conformada el 21 de marzo de 2023, según oficio GG-0234-2023. Las personas que conforman esta Comisión representan áreas claves en la atención de acciones estipuladas en la norma INTE G-38:2021:

    • Departamento de Desarrollo de Capital Humano, Dependencia Coordinadora.
    • Departamento de Reclutamiento y Compensación
    • Departamento de Planificación Empresarial
    • Departamento de Comunicación y Estrategia Digital
    • Dirección Salud, Ambiente y Seguridad
    • Dirección de Asesoría Jurídica
    • Gerencia de Operaciones

    Contrataciones

    A partir de febrero de 2018 se incorpora los siguientes párrafos en los pliegos de contratación de servicios u obra pública:

    TRATO IGUALITARIO

    Dado que RECOPE ha asumido el compromiso de cumplir con los objetivos nacionales de erradicación de la discriminación y fomento del trato igualitario por razones de raza, sexo o diversidad sexual, de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, Constitución Política y la Norma INTE G38-2:2021, como Contratista se compromete a garantizar dentro del ambiente de trabajo, la igualdad y no discriminación por razones de edad, discapacidad, sexo, diversidad sexual, raza o cualquier otra forma análoga de discriminación. Asimismo, COMO CONTRATISTA se obliga a acatar cualquier recomendación que emita RECOPE sobre esta normativa.

    Hostigamiento Sexual

    Con el objeto de prevenir, prohibir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón de sexo, contra la dignidad de las mujeres y de los hombres en el ámbito del trabajo en RECOPE, y dentro del marco de la Ley 7476 del 3 de febrero de 1995 y sus reformas, se ha establecido el Reglamento para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual en RECOPE. Esta norma reglamentaria resulta de aplicación tanto a los funcionarios de RECOPE, como a las personas que visiten las instalaciones, sean contratistas, subcontratistas, oferentes, clientes, visitantes y en general cualquier persona que no sea funcionario, y la misma se encuentra a disposición en la dirección electrónica https://www.recope.go.cr/quienes-somos/marcoestrategico/politicas-empresariales/.

    Política de Igualdad de Género

    RECOPE se compromete a promover la equidad e igualdad de género por medio de las siguientes acciones:

    1. Fomentar la participación de mujeres y hombres en diferentes roles de la empresa, incluidos aquellos donde no haya sido tradicional la participación de uno u otro género.
    2. Propiciar un ambiente de trabajo productivo y sano para todas las personas, que sea libre de manifestaciones de discriminación o de violencia en razón de género.
    3. Asegurar el cumplimiento de los requisitos legales, reglamentarios u otros que apliquen detallados en el Fundamento normativo.
    4. Propiciar la mejora continua hacia la igualdad de género en el ámbito laboral, mediante el plan de acción para disminuir y cerrar las brechas de género identificadas en el diagnóstico anual de brechas de género.
    5. Integrar esta política a los objetivos empresariales, así como en los procesos de planificación estratégica.
    6. Incorporar los principios de equidad e igualdad de género y el de no discriminación en el Código de Ética y Conducta de la Empresa.
    7. Desarrollar todas las medidas de carácter administrativo, normativo, procedimental y operativo que sean necesarias con el fin de promover la equidad e igualdad de género.
    8. Implementar las acciones necesarias con el fin de disminuir y cerrar las brechas en materia de género acorde con el diagnóstico de brechas y en cumplimiento de los objetivos para la igualdad de género.

    Ver Política

    Aprobado por la Junta Directiva mediante el artículo N°9, de la Sesión Ordinaria #5428-126, celebrada el martes 24 de setiembre de 2024.

    Sello de Igualdad INAMU – PNUD

    Logotipo del Sello de igualdad de género

    En abril de 2023 RECOPE ratifica la firma de la carta de intención para la obtención del Sello de Igualdad de Género del INAMU, este se otorga a organizaciones, públicas o privadas, que cuenten con un Sistema de Gestión certificado con la Norma INTE G38 Sistema de Gestión para la Igualdad de Género en el Ámbito Laboral.

    Imagen de reconocimiento igualdad de género PNUD

    Además RECOPE se incorpora al Proyecto de pilotaje de aceleramiento para el proceso de certificación de Igualdad de Género en el ámbito laboral, bajo la alianza INAMU – PNUD dirigido a instituciones públicas, con miras en ser pionera en optar por dos certificaciones una otorgada por INAMU y otra por PNUD.

    El Sello se trata de una política que tiene como objetivo la eliminación de las brechas entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, en la cual uno de los actores fundamentales es el sector privado como principal fuente de empleo y de desarrollo nacional. Esta práctica se enmarca en las nuevas tendencias de los mercados internacionales y la economía global, en donde las empresas buscan aumentar su productividad mediante la innovación, el mejoramiento del clima laboral, la  atracción de talentos, y la ciudadanía es más responsables en sus decisiones de consumo. 

    Compromiso con la Política Nacional de Igualdad de Género (PIEG)

    Con el objetivo de ser parte de las instituciones que participan en la Política Nacional de Igualdad y su II Plan de Acción 2023-2026, RECOPE se compromete a implementar durante el periodo estipulado acciones que permitan atender y prevenir brechas de género identificadas a nivel nacional en el ámbito laboral. Dicha iniciativa está liderada y fiscalizada por el Instituto Nacional de las Mujeres quien es el ente encargado de coordinar con las diferentes instituciones los esfuerzos plasmados en la política.

  • Igualdad y no discriminación hacia la población LGBTI

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    RECOPE cuenta con una Comisión de Igualdad y no discriminación hacia la población LGBTI, con el fin de promover procesos de planificación, inclusión y participación desde una perspectiva de equidad y respeto a los derechos de todas las personas en su diversidad, especialmente la población LGBTI.

    Esta comisión está conformada por personal de las siguientes dependencias:

    • Departamento de Desarrollo de Capital Humano, Coordinadora
    • Departamento de Planificación Empresarial
    • Dirección Administrativa
    • Dirección de Asesoría Jurídica
    • Dirección de Planificación

    Acciones para erradicar la discriminación hacia la población LGBTI

    • Dar el ejemplo y no ser cómplice de la discriminación.
    • Evitar bromas o insinuaciones maliciosas acerca de las personas LGBTI.
    • Tener presente el lenguaje inclusivo y neutro (por ejemplo, decir pareja en vez de esposo o esposa).
    • Plantear a la persona LGBTI la posibilidad de su derecho a negarse a responder cualquier pregunta.
    • No hacer suposiciones. No asumir la orientación sexual ni identidad de género de la persona.
    • Reconocer y no reproducir los prejuicios personales e institucionales que refuerzan la homofobia, transfobia, bifobia, lesbofobia, interfobia y el heterosexismo presente.
    • Evaluar cómo los prejuicios afectan la manera de comunicarse.
    • Apoyar a campañas LGBTI y a la protección de derechos de hombres gays, mujeres lesbianas, personas bisexuales, trans e intersex.

    Gestionar la diversidad de manera adecuada presenta beneficios tanto para el personal como para las empresas, reconociendo el valor de cada individuo, generando personas más creativas, comprometidas y capaces de trabajar en equipo; por ende más productivas.

  • Hostigamiento Sexual

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    Reglamento para prevenir y sancionar el hostigamiento sexual en Recope

    Para interponer una denuncia puede escribir al correo: denunciashostigamiento@recope.go.cr

    Objetivo

    El objetivo de este reglamento es establecer las normas y procedimientos para prevenir, prohibir, investigar y sancionar el hostigamiento sexual como práctica discriminatoria por razón de sexo, contra la dignidad de las personas, en el ámbito del trabajo en la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (en adelante denominada RECOPE S.A.) en apego a la Ley 7476, del 3 de febrero de 1995, así como la Convención Colectiva de Trabajo, en su artículo 6.

    ¿Qué es hostigamiento sexual?

    De conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley 7476, se entenderá por acoso u hostigamiento sexual, toda conducta sexual indeseada por quien la recibe de manera reiterada y que provoca efectos perjudiciales en los siguientes casos:

    • Condiciones materiales de empleo
    • Desempeño y cumplimiento laboral
    • Estado general de bienestar personal

    También se considerará hostigamiento sexual, la conducta grave que, habiendo ocurrido una sola vez, perjudique a la presunta víctima en cualquiera de los aspectos indicados.

    Comportamiento de hostigamiento sexual

    El hostigamiento sexual podría manifestarse por medio de los siguientes comportamientos:

    • Requerimientos de favores sexuales que impliquen:
    • Promesa, implícita o explícita de un trato preferencial, respecto de la situación de empleo actual o futura, de quien la reciba.
    • Amenazas, explícitas o implícitas, físicas o morales, de daños o castigos referidos a la situación de empleo, actual o futura, de quien la reciba.
    • Exigencia de una conducta cuya sujeción o rechazo sea, en forma explícita o implícita, condición para el empleo.
    • Uso de palabras de naturaleza sexual, escritas u orales, que resulten hostiles o con potencial de causar molestia, malestar, intimidación, humillación, inseguridad, miedo y ofensa, para quien las reciba.
    • Acercamientos corporales u otras conductas de naturaleza sexual, indeseada y ofensiva para quien los recibe.

    Denuncia

    La denuncia que inicia el procedimiento deberá presentarse por la persona que considere ser víctima de hostigamiento sexual en el ámbito de trabajo, al correo electrónico: denunciashostigamiento@recope.go.cr

    Esta denuncia deberá de contener lo siguiente:

    • Nombre completo, calidades terminal o centro de trabajo de la persona denunciante y denunciada, cuando sea de su conocimiento.
    • Identificación precisa de la relación laboral, de servicios, comercial o interpersonal con la persona denunciada, cuando sea de conocimiento de la denunciante.
    • Descripción clara, detallada y en orden cronológico de los hechos que podrían constituir hostigamiento sexual, con mención aproximada de la fecha, lugar y modo en que ocurrieron.
    • De contar con ellos, enumeración de los medios de prueba que sirvan de apoyo a la denuncia y su relación con los hechos.
    • Señalamiento de un medio electrónico para atender notificaciones.
    • Lugar y fecha de la denuncia.
    • Firma de denunciante.

    La falta de alguno de estos requisitos no será causal para el rechazo ad-portas del procedimiento.

  • Acoso sexual Callejero

    +

    En Costa Rica el acoso sexual callejero está regulado mediante la Ley N° 9877 contra el acoso sexual callejero, la cual tiene como objetivo principal:

    “…La Ley Tiene como objetivo garantizar el igual derecho, a todas las personas, de transitar o permanecer libres de acoso sexual en espacios públicos, en espacios privados de acceso público y en medios de transporte remunerado de personas…” (fuente SINALEVI)

    Canales de denuncia

    Acto cometido por personal de RECOPE

    Si alguna persona que forma parte de la empresa, en su horario laboral comete un acto que se considere acoso sexual callejero, quién sea víctima de este caso puede recurrir a la Contraloría de Servicios de RECOPE e interponer la denuncia.

    Acto cometido por personas externas a RECOPE

    • Dirigirse a la delegación Policial más cercana
    • Organismo de Investigación Judicial
    • Fiscalía

    Contactos de emergencia

    • Línea confidencial 911
    • Soporte emocional 800-8000 OIJ (645)

  • Acoso Laboral

    +

    RECOPE cuenta actualmente con el Reglamento para Prevenir, Investigar y Sancionar el Acoso Laboral, el cual establece los principios, normas y procedimientos para erradicar cualquier forma de acoso laboral en la empresa. Con ello pretendemos garantizar un ambiente de trabajo respetuoso, inclusivo y libre de violencia, protegiendo la dignidad, los derechos y el bienestar físico y emocional de todas las personas trabajadoras. Asimismo, se promueve la creación de mecanismos efectivos de protección, así como la implementación de medidas correctivas que aseguren una respuesta adecuada ante conductas de acoso laboral.

    Si una persona trabajadora considere que hay actuaciones que sugieran acoso laboral en su lugar de trabajo, sin que medie una denuncia formal, puede acudir al Departamento de Desarrollo de Capital Humano, con el fin de recibir asesoría en prácticas de convivencia para ambientes sanos, o mediación por parte de los profesionales competentes en la materia.

    Es importante conocer que el Acoso Laboral es un conjunto de conductas abusivas, agresivas, continuadas y sistemáticas, directas o indirectas, evidentes o sutiles ejercidas deliberadamente por una o varias personas hacia otra u otras dentro del ámbito laboral, cuya consecuencia es menoscabar la dignidad, reputación, integridad física y/o psicológica de la persona acosada, creando un ambiente de trabajo hostil, humillante o intimidante, afectando negativamente las condiciones laborales, generando miedo, ansiedad, desmotivación, desgaste emocional o incluso forzando a la persona a considerar su traslado o renuncia.

    El acoso puede darse de forma verbal, escrita, física, gestual o mediante medios electrónicos, y puede incluir la exclusión social, amenazas, insultos, difusión de rumores, críticas constantes o injustificadas, desprotección, maltrato, discriminación, persecución y entorpecimiento laboral, asignación de tareas degradantes o inapropiadas y/o cualquier otra manifestación de violencia.

    Elementos del Acoso Laboral

    1. Intencionalidad: tiene como fin minar la autoestima y la dignidad de la persona acosada;
    2. Repetición de la agresión: se trata de un comportamiento constante y no un hecho aislado;
    3. Longevidad de la agresión: el acoso se suscita durante un período de tiempo constante;
    4. La asimetría de poder y/o vulnerabilidad: la agresión proviene de otra u otras personas, quienes tienen la capacidad de causar daño, sin que necesariamente exista una relación de jerarquía. La víctima puede estar en una posición en la que se siente incapaz de defenderse.

    Conductas que constituyen acoso laboral

    1. Desprotección laboral,
    2. Discriminación laboral,
    3. Entorpecimiento laboral,
    4. Maltrato laboral,
    5. Persecución laboral,
    6. Congelamiento o aislamiento, y
    7. Cualquier otra actuación que genere una afectación grave y se enmarque en el concepto de acoso laboral estipulado en este Reglamento.

    Denuncia

    Cuando el acoso laboral se ha constituido y no es sólo una sugerencia de acoso, se podrá interponer la denuncia ante la Contraloría de Servicios siendo ésta la única dependencia autorizada para recibirlas y trasladarlas al órgano decisor competente.

    Prevención

    RECOPE ha asumido el Compromiso Empresarial de adoptar medidas y políticas que garanticen un ambiente laboral saludable, que contribuya al bienestar físico, mental y emocional de su personal.

    Por el cumplimiento se cuenta con programas de capacitación y sensibilización continuos para fomentar una cultura de respeto y empatía, mediante la promoción de valores, la formación en habilidades gerenciales, el desarrollo de campañas internas orientadas hacia la toma de conciencia, realización de talleres y actividades de construcción de equipos para mejorar las relaciones interpersonales, asegurando que los procesos de selección y promoción interna sean justos y transparentes, evaluando a las personas participantes de manera imparcial, basándose en criterios objetivos y competencias.

    Implementar estas medidas no solo previenen el acoso laboral, sino que promueven un ambiente de trabajo más positivo y productivo, donde prevalece el respeto y la valoración de todas las personas.

    ¡Somos una empresa que previene el Acoso y la Violencia mediante la promoción, la comunicación abierta y el diálogo constructivo¡

  • Documentación

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  • Audiovisuales

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  • Normativa

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